REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo


ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2005-001388
PARTE ACTORA: HENRIQUEZ ANGEL RAFAEL, ROSO MUÑOZ AGUILAR y CARMEN AIDA OBISPO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Yurelis del Valle Velásquez Tineo y María Inmaculada Jimenez
PARTE DEMANDADA: C.A. AGRICOLA LAS CLAVELLINAS y PROAGRO COMPAÑIA ANONIMA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Alcira Padrón de Flores y Marbella Arana Cohen
MOTIVO: Diferencia de Prestaciones Sociales

Hoy, 01 de diciembre de 2005, siendo las 3:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma las abogados ALCIRA PADRÓN DE FLORES y MARBELLA ARANA COHEN, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 22.258 y 20.834, respectivamente, en su carácter de apoderadas judiciales de C.A. AGRICOLA LAS CLAVELLINAS y PROAGRO COMPAÑIA ANONIMA. Asimismo, se deja constancia que una vez anunciada la audiencia no compareció la parte actora ciudadanos HENRIQUEZ ANGEL RAFAEL, ROSO MUÑOZ AGUILAR y CARMEN AIDA OBISPO, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. En razón que los accionantes HENRIQUEZ ANGEL RAFAEL, ROSO MUÑOZ AGUILAR y CARMEN AIDA OBISPO, no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar, es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195 y 146.
La Juez

Abg. Beatríz Rivas Artiles

Las abogados comparecientes,


La Secretaria,

Abg. Astrid González Salazar