REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
Valencia, 19 de Diciembre de 2005
Años 195º y 146º

ASUNTO : GJ01-P-2002-001019

Quien suscribe Abg. Diana Calabrese Canache, Juez Séptima de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, se avoca nuevamente al conocimiento de la presente causa, en virtud de haber disfrutado de las vacaciones legales correspondiente a los periodos 2002-2003 y 2003-2004, desde la fecha 17-10-05 hasta el 12-12-05 ambas fechas inclusive. Revisado el presente asunto este Tribunal observa que: PRIMERO: Se recibió en fecha 10-03-2005 Oficio Nº 25087 suscrito por la Juez Noveno en función de Control de este Circuito Judicial Penal, remitiendo el asunto Nº GP01-P-2004-000219, el cual guarda relación con el presente Asunto Nº GJ01-P-2002-000871 y con el asunto N° GJ01-P-2002-001019, seguido a YENIFER VICTORIA CENTENO LAZA y DENNIS MARGARITA SANCHEZ PAEZ, los cuales tratan sobre los mismos hechos, es por lo que este Tribunal acuerda la acumulación de las causas GP01-P-2004-001019 y GJ01-P-2002-000219, al asunto GJ01-P-2002-000871 en fundamento de la Unidad del proceso, según lo establecido en el Artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Por cuanto no se llevó a cabo la audiencia fijada para el día 16-11-05, a lo fines de verificar las condiciones impuestas en el asunto que se le sigue a la imputada DENNYS MARGARITA SANCHEZ PAEZ. Es por lo que este Tribunal se acuerda fijar audiencia de verificación de condiciones, para el día 29-03-2006 a las 9:00 de la mañana, según cronograma de la Agenda única llevado este Circuito Judicial Penal; igualmente se acuerda Oficiar al Jefe de la Oficina de Alguacilazgo a lo fines de que remita el reporte de presentaciones de la imputada DENNYS MARGARITA SANCHEZ PAEZ, indocumentada, desde el 22-08-2002; por consiguiente se giran instrucciones a la Secretaria del Tribunal a lo fines de que se tramiten los respectivos actos de comunicación en el pool de asistentes y se proceda a realizar los ajustes necesarios en el sistema Juris 2000 respecto a las causas acumuladas; Y así se decide

DECISION

Por todo lo antes expuesto este Tribunal Séptimo en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda la acumulación de las causas GP01-P-2004-001019 y GJ01-P-2002-000219, al asunto GJ01-P-2002-000871, las cuales se le siguen a las ciudadanas YENIFER VICTORIA CENTENO LAZA y DENNIS MARGARITA SANCHEZ PAEZ, por tratar sobre los mismos hechos en fundamento de la Unidad del proceso, según lo establecido en el Artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal; así como la fijar audiencia de verificación de condiciones, para el día 29-03-2006 a las 9:00 de la mañana, según cronograma de la Agenda única llevado este Circuito Judicial Penal; igualmente se acuerda Oficiar al Jefe de la Oficina de Alguacilazgo a lo fines de que remita el reporte de presentaciones de la imputada DENNYS MARGARITA SANCHEZ PAEZ, indocumentada, desde el 22-08-2002 hasta el 22-08-2004. Líbrense Oficios. Notifíquese


La Juez Séptimo de Control
Abg. Diana Calabrese Canache


La Secretaria
Abg. Dorlimar Galeno


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado

Secretaria