TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Sala de Juicio Nº 1, Juez Unipersonal Nº 2
Valencia, 08 de agosto de 2005
195º y 146º
Vista la solicitud de fecha 11-07-05, suscrita por la adolescente WUENDY YEIRALY QUERALES MEJIAS, de 13 años de edad, venezolana, estudiantes, titular de la cédula de identidad N° V-21.455.626, de acuerdo a los artículos 8, 10, 80, 85, 86 y 87 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, asistidos por la abogado ERZA MEDINA BLANCO, Defensor Público N° 17 en Materia de Protección del Niño y del Adolescente de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la que solicitan sean declaradas las probanzas evacuadas para acreditarles la cualidad que tienen de UNICA Y UNIVERSAL heredera del De Cujus ciudadano ALIRIO ANTONIO QUERALES RIVERO, quien en vida fuera padre de la mencionada adolescente.- Vistas las declaraciones de los testigos CÉSAR AUGUSTO LUCENA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-2.597.607 y YOLANDA MAIGUALIDA GARCÍA DE BARRADAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-7.086.336 y estudiado como ha sido la presente causa, éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sin perjuicio de Terceros, de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las presentes actuaciones TITULO SUFICIENTE, para acreditar el carácter de UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del De Cujus ciudadano ALIRIO ANTONIO QUERALES RIVERO a la adolescente WUENDY YEIRALY QUERALES MEJIAS, con vocación hereditaria y derecho sobre el acervo de bienes quedantes al fallecimiento del prenombrado ciudadano, todos plenamente identificados en autos.- Expídase copia certificada de todo el expediente para su archivo y devuélvase originales y sus resultas a la parte interesada, a los fines legales consiguientes.-
La Juez de Protección
Abog. Flor María Torres Villasana
La Secretaria,
Abog. Adela Carrasco
Expediente Nº S-5.418.-
FMT/francy.-
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