REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Sala de Juicio Nº 1, Juez Unipersonal Nº 2
Valencia, 02 de agosto de 2005
195º y 146º
Vista la solicitud de fecha 05-05-05, suscrita por la ciudadana YENNY LISBEL VILLEGAS PÉREZ, venezolana, viuda, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.962.301, actuando en representación de su hijo DAVIEL ANDRÉS HERNÁNDEZ VILLEGAS, asistidos por el abogado LUIS ALBERTO UZCÁTEGUI LIRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 106.044, mediante la cual solicitan les sean declaradas las probanzas evacuadas para acreditarles la cualidad que tienen de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Del Cujus ciudadano ANDRÉS ELOY HERNÁNDEZ QUINTERO, quien en vida fuera padre del niño DAVIEL ANDRÉS HERNÁNDEZ VILLEGAS.- Vistas las declaraciones de los testigos DINA MERCEDES MARTÍNEZ VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-7.012.785 y ANTIOCO JOSÉ ROJAS RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.754.522 y estudiado como ha sido la presente causa, éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sin perjuicio de Terceros, de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las presentes actuaciones TITULO SUFICIENTE, para acreditar el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus ciudadano ANDRÉS ELOY HERNÁNDEZ QUINTERO, a la ciudadana YENNY LISBEL VILLEGAS PÉREZ y al niño DAVIEL ANDRÉS HERNÁNDEZ VILLEGAS, con vocación hereditaria y derecho sobre el acervo de bienes quedantes al fallecimiento del prenombrado ciudadano, plenamente identificados en autos.- Expídase copia certificada de todo el expediente para su archivo y devuélvase originales y sus resultas a la parte interesada, a los fines legales consiguientes.-
La Juez de Protección
Abog. Flor María Torres
La Secretaria,
Abog. Adela Carrasco
Expediente Nº S-5.156.-
FMT/francy.-
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