REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA JURISDICCIÓN DEL ESTADO CARABOBO.


DEMANDANTE: WUILLIANS LAZARO.

CEDULA DE IDENTIDAD: V-17.032.832.

DEMANDADO: TRANSPORTE UNIÓN ARVELO, S.R.L.


ASUNTO: DAÑO MORAL Y LUCRO CESANTE.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (CON FUERZA DEFINITIVA).

N° DE EXPEDIENTE: 17.687.


De las actuaciones que constan en autos el Tribunal ha verificado que ha transcurrido más de un año sin que ninguna de las partes haya realizado actuación de impulso procesal. Así se decide.
DECISION
Con base en las anteriores consideraciones este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de esta circunscripción judicial, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara PERIMIDA la instancia por el transcurso de mas de un año. En consecuencia, se ordena el archivo del expediente.
No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, En Valencia, a los 09 de mayo de 2005. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.





La Juez Temporal
Abg. Thais Elena Font Acuña La secretaria
Abg. ALBA NARVAEZ