EXPEDIENTE Nro. 18.154.
GADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 04 de agosto del 2005
195° y 146°
Por presentada la anterior solicitud junto con sus recaudos anexos, personalmente por sus firmantes, ciudadanos JOHAN ENRIQUE CHAVEZ y GUILLMIRTH YULIETT CASTILLO CADENAS, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.226.445 y 17.250.163, respectivamente, de este domicilio, asistidos por la Abogada MARIA JOSE RUFFINO JIMENEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 49.367, se admite cuanto ha lugar en derecho. Previa lectura acordada por Secretaría y hallada conforme por los manifestantes, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SEPARADOS LEGALMENTE DE CUERPOS, a los cónyuges anteriormente nombrados, bajo las condiciones estipuladas en el citado escrito.
La Juez Titular,
Abog. Roraima Bermúdez G.
Los Cónyuges Manifestantes,
La Abogada Asistente,
La Secretaria Titular,
Abog: Elea de Valenzuela,
|