TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Sala de Juicio Nº 1, Juez Unipersonal Nº 2

Valencia, 07 de Abril de 2005
Años: 194º y 146º

Visto el contenido de la anterior diligencia, presentada por la ciudadana SUSAN MC CAROLINA PEREZ PEREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.473.748, debidamente asistida por la abogada SMITH ME EDEN PEREZ PEREZ y el ciudadano JOSE GREGRORIO RUIZ ARAQUE, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.758.736, quienes llegaron a un convenimiento en el presente juicio de OBLIGACION ALIMENTARIA a favor de la niña SASHA DEL CARMEN RUIZ PEREZ; esta JUEZ UNIPERSONAL Nº 2 DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION. En consecuencia, queda establecido el convenimiento en los siguientes términos: PRIMERO: El padre se compromete a seguir cumpliendo con la obligación alimentaria por la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL BOLIVARES (Bs. 253.000,00) mensuales, los cuales depositará los días 30 de cada mes en la cuenta N° 6017509000100828635 del Banco Industrial.- SEGUNDO: Ambos progenitores de mutuo acuerdo cubrirán los gastos médicos, así como exámenes especiales que requiera su hija.- TERCERO: El padre pagará una cuota especial por la cantidad de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 400.000,00) en el mes de Diciembre. Igualmente el padre se compromete a cubrir cada cuatro (4) meses el vestido de su hija.- CUMPLASE.-

La Juez de Protección



Abog. Flor María Torres
La Secretaria,


Abog. Adela Carrasco
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.


Exp. Nº C-25.365.-
FMT/ia.-