TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Sala de Juicio Nº 1, Juez Unipersonal Nº 2


Valencia, 06 de Abril de 2005
194º y 146º


Por recibida la presente solicitud de HOMOLOGACION DE ACTA CONCILIATORIA de Régimen de Visita, así como sus recaudos, presentado en fecha 05-04-05, suscrita por la Fiscal Décima Séptima del Ministerio Público del Estado Carabobo, ciudadana YRMA SORAYA GUTIÉRREZ REYES.- Désele entrada, fórmese expediente y anótese en los libros correspondientes.- Se admite cuanto ha lugar en derecho.- Visto igualmente el acta convenio levantada en fecha 04-04-05, en presencia de la Fiscal del Ministerio, suscrita por los ciudadanos LEONARDO RAFAEL CHIQUITO MALDONADO y THAIS COROMOTO COLINA, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-7.117.949 y V-10.738.757 respectivamente, a favor de su hijo RANDY RAFAEL CHIQUITO COLINA, de 03 años de edad.-
Revisado el contenido de dicha acta y por cuanto no es contraria a derecho al orden público ni a las buenas costumbres, ésta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION.- En consecuencia queda fijado el Régimen de Visita de la siguiente manera: El padre podrá visitar a su hijo en el hogar materno, los días sábados de cada semana, en el horario de 4:00 a 6:00 de la tarde; una vez que el niño acepte y se familiarice con el padre, éste podrá sacarlo de paseo, los días sábados de cada semana, en horario de 3:00 a 6:00 de la tarde. En el futuro cuando el niño tenga más edad y las relaciones paternas se hayan fortalecido, los progenitores procederán a cumplir el presente régimen de visitas.- Expídase por Secretaría y para la parte interesa copia certificada de la presente decisión.- Cúmplase.-

La Juez de Protección


Abog. Flor María Torres Villasana
La Secretaria


Abog. Adela Carrasco


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. Y se le dio entrada bajo N° C-26.610.-


La Secretaria


Abog. Adela Carrasco



FMT/ia.-