ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2005-000105
PARTE ACTORA: BLADIMIR JOSE LEAL OJEDA (no compareció)
ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: (no compareció)
PARTE DEMANDADA: INDUSTRIA TEXTILERA MEDICA C.A..
REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADA: ( no compareció)
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy seis (06) de Abril de 2005, siendo las 11:25 am., oportunidad fijada para que se diera inicio a la Audiencia Preliminar en el presente juicio y habiéndose otorgado un margen de espera, se deja constancia de la INCOMPARECENCIA DE LAS PARTES, NI POR SI, NI POR MEDIO DE APODERADO JUDICIAL ALGUNO. Por lo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 194 ° y 146 °.
EL JUEZ
ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.
LA SECRETARIA
ABG. ODALIS PARADA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. ODALIS PARADA