REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Valencia, 29 de Abril de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : GP02-L-2005-000659

Visto la diligencia de fecha 27 de Abril de 2005, suscrita por la ciudadana MARGOT ALEJANDRA GOMEZ, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-9.923.174, en su carácter de demandante, debidamente asistida por la Procuradora Especial de Trabajadores, abogada MERCEDES HERRERA, inscrita en el Inpreabogado N.° 99.645, mediante la cual DESISTE DE LA ACCION y pone fin a la controversia. En consecuencia, este Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, da por concluido el proceso y HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos como lo estableció la demandante, dándole efectos de Cosa Juzgada, se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo.
El Juez


Abg. JOSE DARIO CASTILLO S


LA SECRETARIA

Abg. ODALIS PARADA