REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN
Valencia, 1 de Abril de 2005
Años 194º y 146º

ASUNTO : GL01-P-2003-000011


Quien Suscribe Juez de Ejecución Nº 4 de este Circuito Judicial Penal pasa a reformar el computo definitivo de la pena impuesta al ciudadano, FRANKLIN ALBERTO PAZOS RIERA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-16.895.616 ejecutado en fecha 7 de Marzo de 2005, ello de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal por el Tribunal Cuarto de Ejecución de este Circuito Judicial y en virtud de la competencia dada por el articulo 479 del Código Orgánico Procesal Penal.


Realizado la acumulación de las causas GL01-P-2000-435 con la GL01-P-2003-000011, en auto de fecha 07/03/2005, arrojó como acumulación de penas un total de NUEVE (09) AÑOS, DOS (02) MESES Y VEINTE (20) DÍAS DE PRESIDIO por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO y ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO previstos y sancionados en los artículos 460 en relación con el 83 y 460 en relación con el 80 y 278, en su orden, todos del Código Penal, más las establecidas en el articulo 13 y 34 eiusdem ; ahora bien. Como quiera que el prenombrado penado ha cumplido CINCO (05) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y VEINTIDOS (22) DÍAS faltándole por cumplir TRES (03) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y VEINTIOCHO (28) DÍAS, que los cumplirá el 30-08-2008.






Decisión


Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, deja reformado el computo de la sentencia, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución de fecha 07 de Marzo del 2005 al penado FRANKLIN ALBERTO PAZOS RIERA , se exhorta al mismo a trabajar y estudiar a los fines de redimir la pena para lograr beneficio correspondiente una vez cumplida la mitad de la misma. Trasládese y constitúyase el Tribunal en la sede del Internado Judicial de Carabobo a los fines de imponer al penado FRANKLIN ALBERTO PAZOS RIERA de la reforma del computo de la pena impuesta .Notifíquese a la Defensa y al Fiscal Líbrese los oficios a la Dirección General de Custodia y Rehabilitación del recluso y al internado Judicial Carabobo con su respectiva copia certificada, a tal efecto expídanse cuatro (04) copias de la presente decisión la cual cursará en la actuación bajo los folios 196 y 197 de la segunda pieza..Publíquese, notifíquese, regístrese, ofíciese y remítanse las copias correspondientes. Cúmplase.


El Juez


Abg. Luis Augusto González



La Secretaria


Abg. Yudith Villegas