REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA

El día de hoy, ocho (08) de abril de Dos mil Cinco (2005), siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) previamente constituido el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, se trasladò en compañía de la ciudadana Yasmin Coromoto Blanco de Linares, venezolana, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad No. 7.096.791, debidamente asistida por los abogados Robertson E. Berra Castillo y Tibisay Coromoto Garcés Chirinos , I.P.S.A. 95.762 y 55.680, respectivamente, a la sede del Banco Banesco, Banco Universal, Agencia Guacara, Estado Carabobo, ubicado en la Avenida Bolívar, Edificio Omar Buzca, Local A, de este mismo Municipio, jurisdicción de este Juzgado, a fin de practicar medida de Embargo Preventivo decretada por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Carabobo, en contra del ciudadano Juan Ramón Linares Camacho, titular de la Cèdula de Identidad No. 7.067.593, por motivo de juicio de Divorcio seguido por la ciudadana antes citada, según expediente No. C-25825. Una vez en la referida dirección el Tribunal fue atendido por el ciudadano Jesús Esteban Sánchez Faraco, titular de la Cédula de Identidad No. 12.315.893. quien manifestó ser el Gerente de la Entidad Bancaria, siendo notificado de la misión del Tribunal. En este estado la parte actora asistida de abogados expone: “Solicito al Tribunal Ejecutor solicite al notificado informe acerca de la cuenta de ahorros No. 01340419414192036475 de este mismo banco, y proceda a practicar la medida comisionada. Es Todo”.- Seguidamente el Tribunal solicita al Notificado informe acerca de la cuenta mencionada por la parte actora; y en efecto éste informa que en la referida cuenta hay un saldo de Bs. 2.685.85 y que en la fecha 06 de los corrientes a las cuatro dos minutos de la tarde (4:02 p.m.) se emitió, a solicitud del titular de la cuenta Juan Ramón Linares Camacho, cheque de gerencia No. 41907533, por la cantidad de Bs. 10.472.683.29, y aparece un retiro en efectivo de Bs. 700.000,oo, de la misma fecha. Se consigna en tres folios útiles copia de Estado de Cuenta que refleja el movimiento de dicha cuenta durante el año 2005, copia de Cheque de Gerencia citado y copia de la Nota de Débito No. 2480810, ambas con fecha 06-04-2005, como soporte de la información, donde se observa que el beneficiario del cheque de gerencia es el ciudadano Frank Antonio Linares Camacho. Se declara embargado hasta el 50% de la referida Cuenta de Ahorros que equivale a la cantidad de Bs. 1.342,93 y se designa como Depositario Especial a la Agencia del Banco Banesco, Banco Universal. Agencia Guacara, Estado Carabobo, representado en este acto por el ciudadano Jesús Esteban Sánchez Faraco, Gerente, a los fines de la debida retención y/o bloqueo del monto indicado, tal como fue ordenado en la Comisión. El Tribunal acuerda agregar a la presente acta las copias consignadas. Se da por terminado el presente acto y cumplida como ha sido su misión regresa a su sede habitual, siendo las doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m) de hoy. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman: La Juez Provisoria Abg. Gisela C. Giménez (Fdo), Los Abogados Asistentes (Fdo), La Parte Actora (Fdo), El Notificado (Fdo.) El Secretario Temporal José G. Quintero H. (Fdo).-


N° Comisión: 1033-05