JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara, 06 de Abril de 2005
194° Y 146°
Por recibida la presente comisión proveniente del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Sala de Juicio Nº 1, Juez Unipersonal Nº3. Désele entrada y cúmplase. Entréguese al Alguacil de este Tribunal Boleta, a fin de que haga efectiva la CITACION a los ciudadanos: PEDRO RAFAEL TINOCO GRANADOS y EUCARIS ESMERALDA BETANCOURT, titulares de la Cédulas de Identidad Nº. V-10.348.662 y V-9.672.693 con domicilio: Parroquia Aguas Calientes, Urbanización Los Chaguaramos, Manzana D-4, Casa Nº3, y el segundo en la Avenida Diego de Tovar Pueblo Nuevo, Nº 15, ambos de Mariara Estado Carabobo. Con relación a la presente demanda por OBLIGACION ALIMENTARIA, a favor de las Niñas mite.
El Juez Provisorio
Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
La Secretaria
Abg. ANNABELLA GARCIA Q.
En igual fecha se cumplió con lo ordenado. Se le dio entrada bajo el No.
2240 y se Entregaron recaudos al Alguacil de este Despacho.
La Secretaria
EL alguacil.
COM. No. 2240
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