REPUBLICA B0LIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
PARTE DEMANDANTE: ANTONIO LOYOLA ARRIOLA, español, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. E-81.192.899 y de este domicilio,
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE.
LOIRA MONAGAS TORRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 61.213.
MOTIVO: RECURSO DE NULIDAD.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
EXPEDIENTE N° 5972.

Vista la diligencia que antecede estampada por el ciudadano ANTONIO LOYOLA ARRIOLA, quien es español, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. E-81.192.899 y de este domicilio, asistido por la abogada LOIRA MONAGAS TORRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°.63.2l3 y de este domicilio, en la cual desiste del procedimiento intentado contra la decisión administrativa de fecha 28-05-2004, signada con el N°. D.I.09-2004,por medio de la cual se fijó un cánon máximo de alquiler mensual del inmueble ubicado en la Avenida Lara, Residencias Lara, Edificio Barquisimeto, piso l4, apartamento N°. 1, Parroquia San Blas del Municipio Valencia del Estado Carabobo.
En consecuencia, este Tribunal por lo antes expuesto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, tiene por DESISTIDO el presente procedimiento y acuerda el desglose de los antecedentes administrativos y remitirlos a la Dirección de Inquilinato de la Alcaldía del Municipio Valencia del Estado Carabobo, junto con oficio.
Regístrese y publíquese la anterior decisión y déjese copia de la misma en el archivo del Tribunal.
Dado, firmado y sellado en la sala de despacho del Juzgado Tercero de Los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia a los Dieciocho (18) días del mes de Abril de dos mil cinco Años 194° de la Independencia y 146° de la Federación.

La Juez,

Dra. ZOLANDA ACEVEDO DE GARCIA,
La Secretaria Suplente,

JULIANNY BANDRES MENDOZA,


En la misma fecha se dictó la anterior decisión, se publicó la misma a las 12:00 meridien de este mismo día, se libró oficio N°. 227-005 y se archivó la copia respectiva.
La Secretaria Suplente,
JULIANNY BANDRES MENDOZA,
Bdl.