REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO


EXPEDIENTE: GP02-R-2004-000264
DEMANDANTE: BENIGNO GRANADO R.
APODERADO: ENILDA SANCHEZ
DEMANDADA: C.A. DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO - CADAFE
APODERADO: SANTA TORRES CAMACHO
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO



En el día hábil de hoy 29 de septiembre de 2004, siendo las 2:00 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se deja constancia que la parte demandada y recurrente C.A. DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO – CADAFE, no compareció ni por medio de representante legal ni de apoderado judicial alguno, por lo que ante su incomparecencia este Juzgado Superior Tercero del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDA LA APELACIÓN INTENTADA, de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, se condena en costas al recurrente de conformidad con lo establecido en el artículo 62 en concordancia con el 64 ejusdem.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE la presente decisión. Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación.

La Juez,


Ketzaleth Natera Z.

La Secretaria,


Loredana Massaroni
En la misma fecha se publicó la presente decisión, siendo las 2:30 p.m.

La Secretaria,


Loredana Massaroni