REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

ACTA

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
MIERCOLES PRIMERO (01) DE SEPTIEMBRE DE 2004
AÑOS 194º Y 145º


Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia de la Secretaria del Tribunal Abogada ANTONIETA RAMOS REYNA y el Alguacil Sr. LUIS EDUARDO ARTAHONA.

Constituido el Tribunal en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por el Abogado OSWALDO PINTO MALAGA, representante judicial de la parte Actora CHARLES EMILE LANGERS VAN SINT JAN, contra la sentencia de fecha 21 de junio de 2004, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por Prestaciones Sociales, sigue el ciudadano CHARLES EMILE VAN SINT JAN contra la Sociedad de Comercio D.A.L., C.A. Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia en este acto del ciudadano Actor CHARLES EMILE LANGERS VAN SINT JAN y de su Apoderado Judicial Abogado OSWALDO PINTO M., quienes se identificaron el primero con el número de cédula de identidad 5.004.445 y el segundo con el número de Inpreabogado 20644, parte recurrente; igualmente se encuentra presente el Abogado ALEXIS ANTONIO ZAMBRANO, representante judicial de la parte demandada, quien se identificó con el número de Inpreabogado 42.409. Seguidamente la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, interviene acotando los puntos sobre los cuales versa la presente apelación. A continuación se le otorga el derecho de palabra a la parte actora recurrente; quien expuso las razones que a su juicio justifican la apelación del fallo recurrido; igualmente se le otorgó el derecho de palabra a la parte accionada, quien expuso sus alegatos. Concluida su exposición, la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, intervino haciendo algunas acotaciones y formuló preguntas. En este estado, siendo las 10:35 de la mañana, el Tribunal se retiró a deliberar en un lapso no mayor de sesenta (60) minutos. Finalizada la deliberación del presente asunto, siendo las 11:15 de la mañana, previo anuncio del Alguacil en la Sala de Despacho. Acto seguido la ciudadana Juez leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor. En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano CHARLES EMILE LANGERS VAN SINT JAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 5.004.445, contra la sociedad de comercio D.A.L., C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 24 de Enero de 2001 , bajo el No. 32, Tomo 6-A. Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora. Queda en estos términos confirmada la sentencia recurrida.- Se condena al apelante a las COSTAS de esta Instancia.
Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto. Se declara que ha concluido el acto y con éste la presente audiencia. De conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
Se retira la ciudadana Juez y se ordena la publicación de la presente Acta.

Es todo, término, se leyó y conforme firman,



HILEN DAHER DE LUCENA.
JUEZ



EL ACTOR Y SU APODERADOS JUDICIAL
PARTE APELANTE,





APODERADO JUDICIAL DE LA
PARTE ACCIONADA,




ANTONIETA RAMOS REYNA
SECRETARIA


Exp. No. 252-03
Recurso de Apelación