REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Valencia, veintisiete de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º

Exp : GP02-L-2004-000982
PARTE ACTORA: JORGE LUIS PIÑA LOPEZ
PARTE DEMANDANTE: INVERSIONES ALMERCA C.A
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES


En el día hábil de hoy 27 de septiembre de 2004, siendo la hora y oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora como lo es el ciudadano JORGE LUIS PIÑA LOPEZ, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno y siendo esta la que impulsa el proceso, es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 145° y 194°.

La Juez


Abog. Gudila Sánchez
La Secretaria


Abog. Loredena Massaroni