Ejecútese la decisión firme dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, de fecha 16-08-04, mediante la cual DECRETO SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los ciudadanos SIMON ANTONIO SILVA FIGUEROA, titular de la cédula de identidad N° 5.381.406 y ROBERTO LEONARDO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 10.717.050, por el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 3 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Ejecución Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a la competencia atribuida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos SIMON ANTONIO SILVA FIGUEROA Y ROBERTO LEONARDO RODRIGUEZ, antes identificados. Por consiguiente este Tribunal, acuerda Oficiar a la Oficina de ONIDEX, a la Consultoría Jurídica del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a lo fines de que cese cualquier solicitud de búsqueda respecto a los ciudadanos SIMON ANTONIO SILVA FIGUEROA Y ROBERTO LEONARDO RODRIGUEZ, antes identificados, relacionada con la presente causa, en virtud de que la misma se encuentra terminada remítase a la Oficina del Archivo Judicial, para su guarda y custodia definitiva. Líbrense Oficios. Notifíquese. Cúmplase.-

Abg. Florisbé Lira Arenas
Jueza de Primera Instancia Penal
en función de Ejecución N° 2.

El Secretario, Abg.


En la misma fecha se cumplió lo ordenado.


El Secretario,