REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO
Valencia, 20 de Septiembre de 2004
Años 194º y 145º

ASUNTO : GK01-P-2004-000016

IMPUTADO: YONNY OMAR RODRIGUEZ SALCEDO.
MOTIVO: REVISIÓN DE MEDIDA.
DECISIÓN: NEGADA.

Revisado como ha sido el escrito suscrito por el Abogado en ejercicio HINMEL GONZALEZ, procediendo en este acto en su carácter de defensor del ciudadano YONNY OMAR RODRIGUEZ SALCEDO, a quien se le sigue causa por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal en concordancia con el artículo 84 ejusdem, este Tribunal revisado su contenido para decidir observa lo siguiente:

En fecha 15 de septiembre éste Tribunal dictó auto mediante el cual se negó la solicitud de revisión de medida cautelar sustitutiva de libertad solicitada por la defensa a favor del acusado YONNY OMAR RODRIGUEZ SALCEDO, en consecuencia vista la solicitud interpuesta por la defensa en relación a la Libertad de su defendido con la constitución de dos fiadores, de conformidad con el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, la misma es improcedente, por lo que se niega y se mantiene la decisión dictada por éste Tribunal por auto de fecha 15-06-04. Notifíquese a las partes y cúmplase lo ordenado.




El Juez

El Secretario

Abg. Ana H. Arellano