REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
ASUNTO PRINCIPAL: GP01-O-2004-000038
JUEZ. ABOG. ADHEMAR AGUIRRE MARTÍNEZ
ACCIONANTE: JOSÉ FRANCISCO ORTEGA
ABOGADOP ASISTENTE. ABDELKRIN SALOMÓN
AGRAVIANTE: FISCALÍA SEGUNDA DEL MINISTERIO PÚBLICO
DECISIÓN: ADMISIBLE
Quien suscribe, Juez de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, recibido el presente escrito de Acción de Amparo Constitucional, Incoado por el ciudadano: JOSÉ FRANCISCO ORTEGA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 4.466.623, y de éste domicilio, debidamente asistido por el abogado ABDELKRIN SALOMÓN, inscrito en el IPSA, bajo el Nº 94.829, de fecha 19 de agosto del año dos mil cuatro, por presunta violación de sus derechos y garantías constitucionales establecidos en los artículos 26, 49 Numerales 1° y 3°, 21, Ordinal 1° y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Tribunal le da entrada y la admite cuanto ha lugar en derecho, por cuanto el referido escrito llena los requisitos establecidos en la Ley, de conformidad con los articulo 18 y 19 de la Ley Orgánica Sobre Amparos y Garantías Constitucionales y ordena la citación de la presunta agraviante, para que comparezca al Tribunal dentro de las noventa y seis horas siguientes a su notificación, a darse por enterada del día y hora en que tendrá lugar la Audiencia Constitucional, lo cual se establecerá por auto separado. Compúlsese copia de la solicitud y del presente Auto, para entregarla a la presunta agraviante a los fines de su notificación. Notifíquese también de la presente solicitud al ciudadano Fiscal Décimo Cuarto del Ministerio Público en materia Constitucional, de conformidad con el artículo 15 de la Ley de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, dándosele entrada en fecha 01 de septiembre del mismo año, declarándose competente de conformidad con el articulo 64 Numeral 4. del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena notificar a los accionantes y al presunto agraviante, en la persona de la ciudadana Fiscal Segunda del Ministerio Público, Abogada María Alejandra Rufo,
Este Tribunal de Juicio Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre ADMITE el presente RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL.
En cuanto a la admisión y evacuación de pruebas promovida por el presunto agraviado junto con la presente solicitud, el Tribunal resolverá lo conducente en la oportunidad en que se lleve a efecto la Audiencia Constitucional.
Abog. Adhemar Aguirre Martínez
Juez en funciones de Juicio N° 3
La Secretaria,
Abog. Yumirna Marcano