REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO.


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, del Trabajo, Marítimo y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.

Puerto Cabello, 07-Septiembre-2004
194º y 145º

Visto el desistimiento presentado por el Abogado REMIGIO MARQUEZ en la causa que por Intimación de Honorarios incoara contra la Ciudadana LISLI-VETT ROSARIO LOVER FREITES, y por cuanto de la revisión de la misma se observa que en fecha 23/Julio/2002 la intimada hizo oposición a la misma e igualmente se observa que en fecha 23/Enero/2003 el Juzgado Superior Se-gundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de esta Circunscripción Judicial, ordenó la reposición de la causa al estado de la apertura de la incidencia conforme al Artículo 607 del Código de Procedi-miento Civil y en tal sentido el Tribunal por auto de fecha 12/Julio/2004 fijó oportunidad para que el intimante Abogado REMIGIO MARQUEZ diera con-testación a la oposición, compareciendo éste y presentando desistimiento de la acción, motivo por el cual considera este Tribunal que aún no se ha plan-teado controversia en el presente caso, siendo procedente la homologación del desistimiento de la acción propuesta sin las formalidades del Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil.