REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, DEL TRABAJO Y MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 07 de septiembre del 2.004
Exp. 7.319 194º y 145º

Visto el escrito de fecha 02 de septiembre del 2004, presentado por el abogado WILLIAM GANEM BARBELLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 39.864, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil DESARROLLOS PROFESIONALES, C.A., parte demandada en el presente juicio, mediante el cual RECURRE DE HECHO contra el auto de fecha 25 de agosto del 2004, que declaró inadmisible el RECURSO DE CASACIÓN anunciado contra la sentencia dictada por este Tribunal el 05 de abril del 2004, este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil, acuerda remitir el presente expediente a la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines legales consiguientes.

El Juez Provisorio,

Abog. SANTIAGO MERCADO DIAZ
La Secretaria Temporal,

CARMEN SERAFINA GUILLEN
En la misma fecha se remite constante de Dos Piezas, la pieza No. 1, constante de doscientos cuarenta y cuatro (244), y un Cuaderno de Medidas, constante de sesenta y seis (66) folios útiles, con Oficio N° 269/04.-
La Secretaria Temporal,

CARMEN SERAFINA GUILLEN