GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 28 de septiembre de 2004
194º y 145º
DEMANDANTE: WALTER LOZANO
DEMANDADOS: YGALMAR FAJARDO y THAIS ALVARADO
MOTIVO: COBRO DE BOLÍVARES
EXPEDIENTE: N° 48.300
Vista la anterior diligencia de fecha 16 de los corrientes, suscrita por el abogado WALTER LOZANO, actuando en su carácter de parte actora, contentiva de su DESISTIMIENTO, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN al mismo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Como se solicita, devuélvase el original de la letra de cambio inserta en autos, dejando en su lugar copia fotostática certificada de la misma. Igualmente, expídase la copia certificada solicitada. Se comisiona para la obtención de las copias a la ciudadana Delia Carrillo, Asistente Judicial, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. La Secretaria firmará la certificación y copias.
El Juez Provisorio,

Abog. RAFAEL RICARDO GIMENEZ
La Secretaria,

Abog. CORALIA LISAUZABA TORRES
Se devolvió original y se expidió copia certificada.
La Secretaria,

Exp. N° 48.300
Delia.-