REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, veinticinco (25) de octubre del año 2004
194° y 145°

Vista la causa Nº GP02-L-2004-001332 asignada a este Tribunal a través de la distribución efectuada por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Laboral, el Tribunal observa que la misma está referida a una Acción de Estimación e Intimación de Honorarios, para lo cual el artículo 29 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece competencia para conocer del mismo, sin embargo se observa que en el mismo no se agotó la primera fase del proceso laboral, como lo es la fase de Mediación, pilar en el cual descansa la nueva justicia laboral, en consecuencia se ordena remitir el expediente que lo contiene a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este mismo Circuito, a los fines de que distribuida como sea el mismo, se agote por ante el Juez competente la fase de mediación de conformidad con lo establecido en el artículo 123 y siguientes de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez

Bertha Fernández de Mora
La Secretaria,
Abg. Faridy Suarez


BFdM/FS/amb.-