ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2004-980
PARTE ACTORA: MIGUEL ANTONIO MEDINA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ASISTIO
PARTE DEMANDADA: LOS PROTECTORES C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO ASISTIO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy 14 de Octubre de 2004, siendo las 11:15 am., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio y habiéndose otorgado un margen de espera, se deja constancia de la incomparecencia de las partes, ni por si, ni por medio de apoderado alguno. Por lo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 193 ° y 144 °.
EL JUEZ
ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.
LA SECRETARIA
ABG. MARIA A. GONZALEZ

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. MARIA A. GONZALEZ