ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2004-000915
PARTE ACTORA: HUMBERTO PIÑA.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: NANCY CASTILLO.
PARTE DEMANDADA: SERENOS YARA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: EMILIA QUINTERO y MARIA QUINTERA.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 15 DE OCTUBRE DE 2004, SIENDO LAS 930 AM. día y hora fijado para que tenga lugar la CONTINUACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, comparecieron a la misma el ciudadano HUMBERTO PIÑA, titular de la cédula de identidad No.6.246.225, debidamente asistido de la Abogada NANCY CASTILLO y JOSBLAN HERENANDEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 95.718 y 106.912, y por la parte demandada SERENOS YARA, C.A., representada por sus Apoderadas Judiciales Abogadas EMILIA QUINTERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 63.994. Las partes en atención al PRE-ACUERDO de fecha 04-10-04, consignan ACUERDO TRANSSACCIONAL, constante de siete (7) folios útiles, y dos (2) anexos, el cual en este acto, firman en presencia del juez, dejando expresa constancia que el demandante (Ex-trabajador) leyó el contenido del documento que se anexa, estando totalmente conforme, a los fines de ser homologado por este despacho en el día de hoy, otorgándosele dos (2) copia certificadas de la presente acta y del anexo acompañado. El Tribunal de la causa, en virtud de que los acuerdos alcanzados en el acta que se anexa, no son contrarios a derecho, y se adaptan a los criterios jurisprudenciales que han sido establecidos por el Tribunal Supremo de Justicia y tomando en cuenta que los acuerdos de las partes han sido la conclusión de un proceso de Mediación como mecanismo adecuado y conveniente para la resolución de conflictos, es por lo que este Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 eiusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, consignado por las partes, y anexo a la presente acta, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de COSA JUZGADA. Se acuerda expedir copia certificada solicitada. Se ordena el archivo definitivo del presente expediente. Es todo.-
EL JUEZ
ABG. WILFREDO GONZALEZ SOSA
LA PARTE ACTORA y ABOGADO ASISTENTE:

POR LA PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA
ABG. LOREDANA MASSARONI
GP02-L-2004-000915