REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTES
Valencia, 25 de Octubre de 2004
Años 194º y 145º

ASUNTO : GV01-D-2003-000091

Por revisada la presente causa, presentada a esta Jueza para su firma, observandose auto de fecha 22 de octubre del 2004 donde se remite la causa al Tribunal de Ejecución, siendo que en la presente causa se ordenó CAPTURA en contra de -------------, quedando el proceso pendiente en relación a estos co-imputados y por cuanto se hace necesario la ejecución de la Sentencia del co-imputado --------, a quién este Tribunal impusiera como sanción penal la medida de privación de Libertad por el lapso de DOS AÑOS TRES MESES, en respeto de sus Derechos procesales, entre los cuales está el que la medida que le fué impuesta sea controlada por el juez de ejecuión quién supervisará la elaboración de un plan individual centrado en las carencias y factores que llevaron a este adolescente a cometer delito , superar las mismas y lograr el pleno desarrollo de sus capacidades y la adecuada convivencia con su grupo familiar y su entorno social; es por lo que este Tribunal en Funciones de Control ACUERDA la División de la Contigencia, de conformidad con el artículo 74.1 del Código de Procedimiento Civil en la presente causa como una excepción al principio de la Unidad del proceso establecida en el artículo 73 del mismo texto legal, en consecuencia, se remitir copia certificada de la sentencia dictada en la presente causa, del presente auto, de la captura del adolescenetes de autos, cursante a los folios107 y 108, de la Audiencia de Información de fecha 15 de junio del 2004, cursantes a los folios 109 al 112, de la Audiencia especial para Oir a las partyes donde se acordó su detención para asegurar su comparecencia a la Audiencia Preliminar y del auto mitivado de la misma, cursantes a los folios 115 al 121 y 131 al 132, respectivamente, al Tribunal de Ejecución de esta misma sección a los fines de la ejecución de la misma. Solicitese de la oficina de Servicis judiciales la reproducción de lo indicado. Líbrese Oficio. CÚMPLASE
La Jueza de control 01,


Abg Yolly Cárdenas Sánchez



El Secretario,