Valencia, 28 de Octubre de 2004
Años 194º y 145º

ASUNTO: GPO1-S-2004-002793
IMPUTADO: PERSONAS DESCONOCIDAS
DELITO: HURTO AGRAVADO
VÍCTIMA: RAFEL PARRA COA
DECISIÓN: SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO.


Recibido escrito presentado por el Abogado JOEL NAVARRO VILLARROEL, Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, por medio del cual solicita el Sobreseimiento de la causa seguida a PERSONAS DESCONOCIDAS, por el delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 8º del Código Penal, en perjuicio del ciudadano RAFAEL PARRA COA, todo de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 3° del articulo 318 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 48 ejusdem.

Este tribunal para decidir observa que la presente causa se inicio en fecha 25-05-1.989, mediante denuncia interpuesta por el ciudadano RAFEL PARRA COA, señalando que le hurtaron un vehículo marca Ford, clase camioneta, tipo Pick-Up, año 1.979. y realizadas todas la diligencias necesarias para el total esclarecimiento de los hechos, se evidenció la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 454 ORDINAL 8 del código penal, pero no así la responsabilidad penal de persona alguna como autor o participe del hecho que se investiga, aunado a que desde la fecha cuando ocurrieron los hechos hasta la presente, ha transcurrido el tiempo de prescripción señalado en el ordinal 4° del articulo 108 del código Penal.

Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida a PERSONAS DESCONOCIDAS, por el delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 8º del Código Penal, por prescripción de la acción penal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 48 ordinal 8º ejusdem. Notifíquese a las partes. Líbrense los oficios respectivos. Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal de Control a los 28 días del mes de octubre de 2004.


LA JUEZ 11ª DE CONTROL
ILEANA VALBUENA

La Secretaria
Abg. María Teresa Camarasa