REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
Valencia, 14 de Octubre de 2004
Años 194º y 145º

ASUNTO : GP01-P-2004-000547

Vista la Querella presentada por el ciudadano: GIACOMO CAPOFERRI MONTANI, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.257.389, de este domicilio, en su carácter de Director de la sociedad de comercio INDUSTRIAS CEGASA C.A., y asistido por el Abg. RAFAEL LÓPEZ BLASIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 17.740; en contra de los ciudadanos DAVID ALEJANDRO VILLASMIL ROMERO, EDUARDO CASTILLO, JORGE LUIS GONZÁLEZ y EDGAR GONZÁLEZ por los delitos de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal, HURTO AGRAVADO, tipificado en el artículo 455 numeral 9 ejusdem y VIOLACIÓN DE DOMICILIO, sancionado en el artículo 184 ibídem; y visto que en la misma no se señalan las identificaciones precisas ni las direcciones de los querellados, no llenándose así el requisito previsto en el ordinal 2° del artículo 294 del Código Orgánico Procesal Penal que textualmente establece: “Requisitos: La Querella contendrá: ...2° El nombre, apellido, edad, domicilio o residencia del querellado...”, de conformidad con lo previsto en el artículo 296 ejusdem en su segundo aparte; por cuanto falta uno de los requisitos previstos en el artículo 294 ibídem, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control Nº 01 de este Circuito Judicial Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA AL QUERELLANTE QUE COMPLETE LOS REQUISITOS EXIGIDOS DENTRO DEL PLAZO DE TRES (03) DÍAS contados a partir de su notificación. A tal efecto, Líbrese la correspondiente Boleta de Notificación al Querellante y su abogado asistente.
LA JUEZ PRIMERA DE CONTROL,


ABG. SONIA A. PINTO MAYORA EL (LA) SECRETARIO (A),


ABG.


En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
SAPM