REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA

En el día de hoy, seis (06) de Octubre de Dos Mil Cuatro (2004), constituido como ha sido el Juzgado Ejecutor de Medida de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, siendo la una (1:00) de la tarde, se trasladó en compañía del Abogado Sebastiano Valvo, inscrito en el I.P.S.A. N° 14.965 Apodewrado Judicial de la Sociedad de Comercio Automercado Santa Rita, C.A. parte actora, a la Carretera Nacional Guacara-Los Guayos, a un local Comercial sede de la demandada Sociedad de Comercio Frigorífico Mi Paca, C.A., Guacara Estado Carabobo (Diagonal a la Empresa Cauchos Pirelli, C.A.); Jurisdicción de este Tribunal.- Se4guidamente se designa la Depositaria Judicial Carabobo, S.R.L., Representada por la ciudadana Adriana Teresita Márquez, titular de la Cédula de Identidad N° 7.012.830 y como Perito Avaluador al ciudadano Juan Pedro Colmenarez, titular de la Cédula de Identidad N° 10.643.606, quienes estando presentes aceptaron los cargos y prestaron el juramento de Ley; una vez en el sitio indicado se hizo presente el ciudadano Richard José Mercado Díaz, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.951.197, a quien el Tribunal notifico de su misión, relacionada con medida de Embargo Preventivo decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- En este estado, el apoderado Judicial de la parte actora expone: “A los efectos de la práctica de la Medida de Embargo comisionada señalo al Tribunal Ejecutor para ser embargados los siguientes bienes: 1) Nueve (09) sillas en aparente hierro y asiento en aparente madera bastante usados (rayadas, peladas, manchadas), avaluados por el perito en la cantidad de Sesenta Mil Bolívares (Bs.60.000,°°) cada una, para un total de Quinietnso Cuarenta Mil Bolívares (Bs.540.000); 2°) Una (01) Mesas de Trabajo en acero inoxidable, compuesto de dos (2) entrepaños, bastante usada (rayada, manchado, pelada y oxidada), avaluada por el perito en la cantidad de Trescientos Cincuenta Mil Bolívares (Bs.350.000,°°); 3°) Un (01) Mostrador exhibidor marca Neveraza, compuesto de 4puertas corredizas en su parte superior y 4 puertas corredizas en su parte inferior (un vidrios partido en su parte superior); usada, sin unidad, sin seriales, ni modelo visible aparente (ocho 08 puertas corredizas), avaluada por el perito en la cantidad de Un Millón de Bolívares (Bs.1.000.000,°°); 4°) Un (01) Mostrador exhibidor Marca Neveraza compuesto de 3 puertas corredizas en su parte superior y 3 puertas corredizas en su parte inferior, sin serial, ni modelo visible aparente, usado (rayado, pelado, oxidado), sin unidad (06 puertas corredizas un total), avaluada por el perito en la cantidad de Un Millón de Bolívares (Bs.1.000.000,°°), 5°) Un (01) peso electrónico marca Pel, NBC Electronic, bastante usado, sin serial, ni modelo visible aparente, valuada por el perito en la cantidad de Doscientos Cincuenta Mil Bolívares (Bs.250.000,°°); 6°) Una (01) Caja Registradora marca Samsung, Modelo ER-4615F, sin serial visible aparente, bastante usada, rayada, manchada, pelada), sin llave de la caja, avaluada por el perito en la cantidad de Doscientos Cincuenta Mil Bolívares (Bs.250.000,°°), 7°) Un (01) Mostrador exhibidor marca Noverama, compuesto de 4 Puertas corredizas en total, 2 en su paste superior y 2 en su parte inferior, sin serial, ni visible aparente, usado, sin unidad, avaluado por el perito en la cantidad de Un Millón de Bolívares (Bs.1.000.000,°°); 8°) Un (01) Mostrador exhibidor, marca Noverama, compuesto de 4 puertas corredizas en total, 2 puertas en su parte superior y 2 en su parte inferior, sin serial, ni modelo visible aparente, usado, sin unidad, avaluada por el perito en la cantidad de Un Millon de Bolívares (Bs.1.000.000,°°); 9°) Un (01) peso electrónico marca Corporación Domenico, C.A., modelo KG-30KA, usado, avaluado por el perito en la cantidad de Doscientos Cincuenta Mil Bolívares (Bs.250.000,°°); 10°) Una (01) Rebanadora sin marca visible y se lee en una Chapa importado por U.F.R. Import. Export, sin modelo visible, serial 003228, HP-030 Fasello Volt. 60Hz, usada, avaluada por el perito en la cantidad de Doscientos Mil Bolívares (Bs.200.000,°°); 11°) Una Sierra, sin marca, sin serial, ni modelo visible aparente, usada, avaluada por el perito en la cantidad de Tres Millones de Bolívares (Bs.3.000.000,°°); 12°) Un (01) Rayo Electrico marca Everest, sin serial, ni modelo visible aparente, usado, avaluada por el perito en la cantidad de Quinientos Mil Bolívares (Bs.500.000,°°); 13°) Una (01) Silla en aparente hierro y asiento en madera giratorio, bastante usada, avaluada por el perito en la cantidad de Cuarenta Mil Bolívares (Bs.40.000,°°); 14°) Una (01) Unidad sin marca, ni serial, ni modelo visible aparente, usada, avaluada por el perito en la cantidad de Un Millón de Bolívares (Bs.1.000.000,°°); 15°) Una (01) Unidad sin marca, si serial, ni modelo visible aparente, usada, avaluada por el perito en la cantidad de Un Millón de Bolívares (Bs.1.000.000,°°); 16°) Una (01) Unidad sin marca, ni serial, ni modelo visible aparente, usada, avaluada por el perito en la cantidad de Un Millón de Bolívares (Bs.1.000.000,°°); 17°) Una Unidad, sin marca, ni serial, ni modelo visible aparente, usada, avaluada por el perito en la cantidad de Un Millón de Bolívares (Bs.1.000.000,°°); 18°) Una (01) Unidad marca Copeland Quality, serial CTO79J11321, modelo KAG2-0075-IAA, usada, avaluada por el perito en la cantidad de Un Millón de Bolívares (Bs.1.000,000,°°). Es todo.- En este estado el perito avaluador expone: “Avalúo prudencialmente los bienes señalados anteriormente en la totalidad de Doce Millones Doscientos Mil Bolívares (Bs.12.200.000,°°), y dejo constancia que los bienes son todos usados, se encuentran sucios, rayados y se desconose su estado de funcionamiento y vicios ocultos.- Es todo”.- En este estado el Tribunal, con execpción de los bienes señalados y justipreciados en el inventario anterior, declara embargado solamente los indicados en los numerales 3,4,5,7,8,9,11,12,14,15,18,17, ya identificados y hace entrega de los mismos a la representante legal de la Depositaria Judicial designada, quien recibe y procede a su traslado a la sede de la misma, ubicada en la Zona Industrial las Garsitas Sector los Guayos, Estado Carabobo, en un vehículo placa 171.SAW Dodge D-600, año 1978, color verde, propiedad de Salvador Mendoza Cárdena, titular de la cédula de identidad N° 11.017.578, para su guarda y custodia.- El Tribunal deja constancia que por error involuntario se repitio en el numeral 16 el bien identificado y señalado en el numeral 15.- En este estado siendo las (4:30) de la tarde comparece la abogada Nancy Padrino, I.P.S.A. N° 54.020, quien asume la representación sin poder del ciudadano Henry Mercado, y tal sentido expone: “Dejo constancia ante el Tribunal Ejecutor, que el local comercial sede de la demandada es propiedad de mi representado” Es todo.- Se da por terminado el presente acto, y cumplida como ha sido su misión, el Tribunal acuerda regresar a su sede habitual, siendo las cinco (5.00) de la tarde del día de hoy.- Es todo.- Terminó, se leyó y conformes firman: La Juez Provisoria, fdo., ilegible.- Abg., GISELA C. GIMÉNEZ.- El Apoderado Actor: fdo., ilegible.- El Notificado, fdo., ilegible.- Abg. Representa sin Poder, fdo., ilegible.- El Perito Avaluador, fdo., ilegible.- La Depositaria, fdo., ilegible.- La Secretaria Accidental, fdo., ilegible.- Carolina García.-




COM. 964-04
GCG/fa