REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA








EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO CARABOBO
MARIARA.

MARIARA, 13 DE OCTUBRE DE 2004

SENTENCIA INTERLOCUTORIA
DEMANDANTE: ELSA MARTINEZ PARRA
APODERADA: LUISA LOMBARDO
DEMANDADA: BETTY JOSEFINA ALVAREZ
ABOGADO ASISTENTE: LUIS HUMBERTO SANCHEZ
CAUSA: RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
SENTENCIA DE MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO.
EXPEDIENTE: 526-04


NARRATIVA

Se da curso a la medida preventiva de embargo, según solicitud hecha por la demandante en el libelo de la demanda, motivo por el cual este Tribunal decreta la medida preventiva en fecha: 18 de Agosto de 2004, y ordena oficiar al Juzgado Ejecutor de Medidas de este Municipio, la cual fue practicada en fecha: 13 de Septiembre de 2004, según consta al folio 09 y Vto.. Citada la demandada en su oportunidad, la misma no hizo la oposición a la medida acordada, por lo que en orden de Ley, haya oposición o no quedara la incidencia abierta a pruebas. De las actas procesales se evidencia, que ninguna de las partes hizo su oportuno uso de la articulación probatoria, correspondiendo a este Tribunal dictar la sentencia respetiva, vencido como esta la articulación probatoria.
MOTIVA

De las actas procesales se evidencia, que la parte demandada, ni ningún tercero afectado, han hecho la debida oposición a la medida de secuestro decretada por este Tribunal, y en el mismo orden se hayan promovido prueba alguna, por lo que es forzoso para este Tribunal RATIFICAR, la eficacia de la medida de embargo decretada en fecha: 18 de agosto de 2994, y así se decide.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos ya expuestos, este Juzgado del Municipio Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RATIFICA LA MEDIDA DE EMBARGO DECRETADA EN FECHA 18 de Agosto de 2004, y así se decide.-
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Mariara, a los días (13) días del mes de Octubre de 2004, años, 194º de la Independencia y 145º de la Federación.

El Juez
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Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
La Secretaria
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Abg. ANNABELLA GARCIA Q.
En la misma fecha, siendo las 01:00 PM, se publico la anterior decisión.
La Secretaria

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Abg. ANNEBELLA GARCIA Q
Exp. Nº 526-04
ALA/agq/SOLMAR.