REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO.


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO, DEL TRABAJO, MARÍTIMO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO,

Puerto Cabello, 21-Octubre-2003

194º y 145º



Vista el desistimiento efectuado en la presente causa no siendo tal actuación contraria a derecho, este Tribunal le imparte su homologación y le imprime carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada de conformi-dad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordena la entrega de los originales insertos en el expediente desde el folio cuatro (04) hasta el folio cuarenta (40), dejando en su lugar copias fotostá-ticas certificadas de los mismos y para la elaboración de las copias se comi-siona a la ciudadana ALIDA GONZALEZ RODRÍGUEZ, Cédula de Identidad N° V-7.150.110, quien junto con la Secretaria firmará la certificación y cada uno de sus folios, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.