Visto el convenimiento celebrado entre las partes en fecha cuatro (04) de octubre del presente año, por la parte demandada el ciudadano PEDRO JOSE BRICEÑO LUGO, Asistido por la Abogado LIBIA USECHE REYES y por la parte demandante la ciudadana TRACY ZANBINCOX CEDEÑO MENDOZA, Asistido por la Abogada DILCIA GOMEZ DE CORDERO; en el juicio de REINVINDICACIÓN, en el expediente signado con el Nro. 785; procédase de conformidad.-