REPUBLICA B0LIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

PARTE DEMANDANTE: CARLOS SEGUNDO MONTENEGRO CARMONA.
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE: CLAUDIO MONTENEGRO CARRERO.
PARTE DEMANDADA: JOSE YSNARDY FERNANDEZ BERENGUER
MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
EXPEDIENTE NRO: 5958
SETENCIA: INTERLOCUTORIA.
Vista la diligencia que antecede, de fecha seis (06) de Octubre del 2004, estampada por el abogado CLAUDIO MONTENEGRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.490, con el carácter de apoderado del ciudadano CARLOS MONTENEGRO CARMONA, titular de la cédula de identidad N° 1.333.320, donde desiste del presente procedimiento, de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de su representado.
Por lo anteriormente expuesto, es por lo que este Tribunal Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO.
Regístrese y publíquese la anterior decisión y déjese copia de la misma en el archivo de este Tribunal. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de lo
Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los dieciocho días del mes de Octubre del dos mil cuatro. Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
LA JUEZ,

Dra. ZOLANDA ACEVEDO DE GARCIA
LA SECRETARIA ACC.,

CARMEN NEREA PEREZ HERRERA
En la misma fecha se publicó la anterior decisión siendo las 11:30 de la mañana y se archivó la copia respectiva.
LA SECRETARIA ACC.,

CARMEN NEREA PEREZ HERRERA