TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.


Valencia, 02 de Noviembre del 2004
194º y 145º

Por recibida la presente solicitud de HOMOLOGACION DEL CONVENIMIENTO DE REGIMEN DE VISITA y sus recaudos presentados en fecha 25/10/04 suscrita por la Fiscal Décima Octava del Ministerio Público actuando en defensa e interés de los Niños JESUS MIGUEL y VALERIA VALENTINA ALVAREZ COLON. Désele entrada y anótese en los libros respectivos, se admite cuanto ha lugar en derecho. Vista igualmente el acta de convenio levantada en fecha 14/10/04 en presencia de la mencionada representante, suscrita por los ciudadanos ANGELY KAROLINA ALVAREZ TERÁN Y ERNESTO JESUS COLON GUILLEN, portadores de la cédula de identidad Nº 13.008.649 y 13.194.077, respectivamente. Revisado el contenido de dicha acta y por cuanto no es contraria a ninguna disposición de la Ley, al orden público, ni a las buenas costumbres, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION. En consecuencia queda fijado el REGIMEN DE VISITA de la siguiente manera: PRIMERO: El Régimen de visitas será los fines de semana, buscando el padre a los niños los viernes directamente al colegio y regresándolos en la casa donde actualmente residen a las 06:00 p.m., del día domingo. CUMPLASE. Expídase por secretaria copia certificada



JUEZ PROFESIONAL DE PROTECCION
DRA. LUVIN VALBUENA MANZANILLA

SECRETARIA,
Abg. ADELA CARRASCO


En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se le dio entrada bajo el Nº C- 24237




Exp. N° C- 24237
LVM * ljo