REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

En el día de hoy, dieciséis (16) de noviembre de 2004, siendo las 11:00 de la mañana, oportunidad señalada por éste Tribunal de Protección a los fines de que tenga lugar en el presente juicio el PRIMER ACTO CONCILIATORIO, se anunció dicho acto en la forma de Ley, este Tribunal deja constancia que no estuvo presente la parte demandada, ciudadana DIAJAIRA DEL CARMEN GUERRA, asimismo no estuvo presente la parte demandante, ciudadano CLAUDIO AUTORINO BONAVITA por ser un acto personalísimo, tal como lo contempla el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil, por consiguiente se EXTINGUE el proceso.- Se deja constancia que no estuvo presente la Fiscal del Ministerio Público. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-

La Juez de Protección.


Abog Flor Maria Torres V.


La Secretaria,


Abog. Morela Sereno



Expediente Nº C-19.518.
FMT/francy.-