ACTA



N° DE EXPEDIENTE:GP02-L-2004-000761
PARTE ACTORA: JEMELYS MIREYA LAMUS MAVAREZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: GUCTAVO SOTO
PARTE DEMANDADA: AGROPECUARIA LA MACAGUITA, C.A., CONSORCIO CIMA LA MACAGUITA y CONSORCIO INVERSIONISTA MERCANTIL CIMA, C.A. S.A.I.C.A. S.A.C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS FIGUEREDO
MOTIVO:COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy,1 de Noviembre de 2004, siendo las 2:55 PM, , comparecen los ciudadanos EMELYS MIREYA LAMUS MAVAREZ representada por el abogado Gustavo Soto y AGROPECUARIA LA MACAGUITA, C.A., CONSORCIO CIMA LA MACAGUITA, CONSORCIO INVERSIONISTA MERCANTIL CIMA, C.A. S.A.I.C.A. S.A.C.A representada por el abogado Carlos Figueredo en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales, quienes han llegado al siguiente acuerdo, las parte demandada ofrece pagar a la demandante la suma de Bs. 4.800.000,00 por concepto de los montos demandados que se encuentran discriminados en el escrito libelar, así como por cualquier otro que le pudiera corresponder a la trabajadora con motivo de la terminación de la relación laboral que existió. La parte demandante acepta el ofrecimiento dando así por terminado el presente caso de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo . Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada .


El Juez

El Secretario

Abg. Emilia Yrureta Ortíz





Los Presentes