ACTA


N° DE EXPEDIENTE: GP02-S-2004-000081.
PARTE ACTORA: RAFAEL V. HERRERAR COLMENAREZ. (NO COMPARECIO).
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: (NO COMPARECIO).
PARTE DEMANDADA: VIGUACA, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JULIA FERNANDEZ.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 23 DE NOVIEMBRE DE 2004, SIENDO LAS 10:00 A.M., día y hora fijado para que tenga lugar el INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia DE QUE LA PARTE ACTORA RAFAEL V. HERRERAR COLMENAREZ titular de la Cédula de Identidad Nro. 4.134.645, NO COMPARECIO A LA REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Luego de un lapso de espera de treinta (30) minutos, “CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”, Se deja constancia, que en nombre de la empresa demandada VIGUACA, C.A., compareció su apoderada judicial Abogada JULIA FERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.94.398, según poder autenticado por ante la Notaria Publica Quinta de Valencia, en fecha 04 de marzo de 2004, bajo el No.26, Tomo.40. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 193 ° y 144 °
EL JUEZ
ABG. WILFREDO GONZALEZ SOSA

POR LA PARTE DEMANDADA.

LA SECRETARIA
ABG. ODALIS PARADA