Valencia, 05 de Noviembre de 2004
Años 194º y 145º

Asunto: GP01-S-2004-003071

Imputado: Personas Desconocidas
Delito: Hurto Calificado
Victima: Alipio Ferreira Bernardo
Decisión: Sentencia de Sobreseimiento

Recibido por escrito presentado por el Abogado JOEL NAVARRO VILLARROEL Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, por medio del cual solicita el sobreseimiento de la causa seguida a PERSONAS DESCONOCIDAS, en prejuicio del ciudadano ALIPIO FERREIRA BERNARDO, todo de conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 3° del articulo 318 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 48 ejusdem.

Este Tribunal para decidir observa que la presente causa se inicio en fecha 07-11-68, mediante denuncia interpuesta por el ciudadano ALIPIO FERREIRA BERNARDO, señalando que le hurtaron varios objetos, y del contenido de las actas en las cuales se dejan constancias de las diferentes diligencias realizadas en la averiguación, para el total esclarecimiento de los hechos se evidencia la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 455 ORDINAL 3° del Código Penal, pero no así la responsabilidad penal de persona alguna como autor o participe del hecho que se investiga , aunado a que desde la fecha cuando ocurrieron los hechos hasta la presente, ha transcurrido el tiempo de prescripción señalado en el ordinal 4° del articulo 108 del Código Penal.

Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley DECRETA SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida a PERSONAS DESCONOCIDAS por el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el ordinal 3º del Artículo 455 ordinal 3º del Código Penal, por prescripción de la acción penal, de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el ordinal 8º del artículo 48 ejusdem. A los fines de su ejecución, Ofíciese al Cuerpo de investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas notifíquese y remítase al Archivo Judicial en su Oportunidad. Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias del Tribunal de Control a los 05 días del mes de noviembre de 2004.-

La Juez11ª de Control
Ileana Valbuena

Secretaría
Abogada María Teresa Camarasa