REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
Valencia, 7 de Noviembre de 2004
Años 194º y 145º

ASUNTO : GP01-S-2004-005338

Vista la solicitud de Sobreseimiento que presentó por ante este Tribunal de Control la Abogada Adelaida Jiménez Abreu, Fiscal Auxiliar Primero del Ministerio Público del Estado Carabobo, a favor de Victor Segundo Bracho, venezolano, natural de Cumarebo, de 34 años de edad, fecha de nacimiento 05-09-70, titular de la cédula de Identidad nro. 10.705,619, soltero, chofer, residenciado en el Barrio la Unión, calle Guzmán Blanco, casa s/n, Valencia, Estado Carabobo, conforme al artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, ya que según el criterio de la fiscal, una vez analizada cada una de las actuaciones que conforman la presente causa, se puede evidenciar que el hecho objeto del proceso no es típico, porque si bien es cierto, ocurrió un accidente de tránsito producto de la conducta del ciudadano Víctor Segundo Bracho, según consta del Acta correspondiente levantada al efecto por funcionarios del Cuerpo de Vigilancia de Trásnito Terrestre Unidad Estadal Nro. 41, en fecha 03 de Julio del 2002, en el cual resultaron involucrados los conductores Víctor Segundo Blanco y Pedro Jesús Pinzón, siendo arrastrado el vehículo conducido por el segundo de los nombrados, no causando ésta conducta daños al bien jurídico protegido por la Ley, es decir, lesiones físicas a terceros.
Analizado como ha sido por este tribunal la presente solicitud de sobreseimiento, se encuentra procedente y ajustada a derecho a favor del ciudadano Victor Segundo Bracho, fundamentada en el numeral 2º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano Victor Segundo Bracho, de conformidad con lo establecido en el numeral 2º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Audiencias del Tribunal Noveno de Control de éste Circuito Judicial Penal Carabobo, a los siete (07) días del mes de Noviembre del año 2004.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.
Juez 09 de Control

Abg. Magaly Guadalupe Nieto Rueda
la Secretaria,

Abg. Magaly Parra