REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
Valencia, 10 de Noviembre de 2004
Años 194º y 145º

ASUNTO : GP01-S-2004-000595

Visto el escrito presentado por el ciudadano GUSTAVO ADOLFO ZAMBRANO SOTO, titular de la cédula de identidad N° 3.494.504, asistido por la Abogado Mirna Serafín, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78525, por medio del cual solicita la entrega del dinero que se encuentra bloqueado por orden de este Despacho, este Tribunal para decidir lo hace en los siguientes términos: PRIMERO: En fecha 26-05-04 el Tribunal a solicitud del Fiscal Décimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, ordenó el bloqueo de las cuentas bancarias números 426-3-16172-1 a nombre de Ismael Esteban Pérez Acosta; 536-1000588-2 a nombre de Olivares Lasser Rubzay Auxiliadora y la cuenta 0134-0405-46-4052111531 a nombre de Hidalgo Campos Laura Isabel, las antes mencionadas cuentas pertenecientes a la entidad bancaria BANESCO. SEGUNDO: Por cuanto la presente causa se encuentra en la fase de investigación a cargo del representante del Ministerio Público, por ser este el titular de la acción penal, considera quien aquí decide que en las actuaciones que conforman el presente asunto no existe pronunciamiento alguno por parte del Fiscal Décimo del Ministerio Público, en relación a los objetos incautados de si estos son imprescindibles para la investigación, igualmente se constata que no existe solicitud por parte del representante del Ministerio Público la solicitud de desbloqueo de las señaladas cuentas. En vista de lo antes señalado este Tribunal considera que lo procedente en este caso es negar lo solicitado por el ciudadano Gustavo Adolfo Zambrano Soto, por cuanto debe realizar la tramitación concerniente por ante el Fiscal del Ministerio Público, de conformidad con lo previsto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Niega la entrega del dinero incautado, solicitado por el ciudadano Gustavo Adolfo Zambrano Soto, antes identificado, por cuanto debe cumplirse con la tramitación establecida en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese. Remítase a la Fiscalía Décima del Ministerio Público la presente causa. Líbrese Oficio.


La Juez Séptimo de Control
Abg. Diana Calabrese Canache


La Secretaria
Abg. María Alejandra Reyes


En la misma fecha se cumplió lo ordenado


Secretaria