REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
Valencia, 8 de Noviembre de 2004
Años 194º y 145º
ASUNTO : GP01-S-2004-001704
Visto el contenido del escrito de fecha 25/08/04 presentado por la Abogado ADELAIDA JIMENEZ, Fiscal Primera Auxiliar Del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en virtud del cual solicita a este Tribunal decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de: FELIX RAFAEL CARABALLO, de nacionalidad venezolano, de 30 años de edad, de profesión u oficio obrero, residenciado (a) para el momento de los hechos en El sector Guica, calle, San Miguel, casa Nro. 44, Valencia, Estado Carabobo, titular de la cedula de identidad Nro V- 13.432.977, Petición que formula de conformidad con lo pautado en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece la acción penal ha prescrito, derivada del delito de Lesiones Personales, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal. Examinado el contenido del mismo. Este Tribunal para decidir observa: PRIMERO: En fecha 19/09/00, se inicia la presente investigación por denuncia interpuesta ante el CICPC, por el ciudadano EFRAIN JOAN TORRES, titular de la cedula de identidad Nro, 14.636.998, quien manifestó que se encontraba en el sector la guaica, estaba reunido con su concubina, de repente FELIX RAFAEL CARABALLO, comenzó a ofenderla porque tenia un tatuaje le lanzo una botella que tenia en la mano pegándosela en la cara del lado derecho causándole varias heridas, según resultado medico forense practicado al ciudadano Efraín Joan Torres, dejo constancia de seis heridas producidas con objetos cortantes suturadas ubicadas 2 en el pabellón auricular derecho, dos en la región sub. Auricular y dos en el lado derecho del cuello que ameritan tiempo de curación de (9) nueve Díaz, por lo que se desprende en consecuencia que en el presente caso figuran como imputado(s) el (los) ciudadano(s): FELIX RAFAEL CARABALLO. SEGUNDO: Tomando en cuenta que desde la fecha que ocurrieron los hechos, 19/09/00, hasta el día de hoy inclusive han transcurrido un lapso de 4 años periodo en el cual no se han podido incorporar nuevos datos a la investigación y se pudo determinar que la acción penal ha prescrito. TERCERO: El artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal señala: “El Fiscal solicitará el sobreseimiento ante el Juez de Control cuando terminado el procedimiento preparatorio, estime que proceden una o varias de las causales que lo hagan procedentes. En tal caso, se seguirá el trámite previsto en el artículo 323”. Considerando este Tribunal que se hace innecesario convocar a las partes y a la víctima EFRAIN JOAN TORRES a una audiencia oral, con el objeto de debatir los fundamentos de la petición inicialmente presentada en la causa respectiva.
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos precedentes, este Juzgado Octavo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor de (los) ciudadano(s):FELIX RAFAEL CARABALLO, suficientemente identificados, por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales, hecho previsto y sancionado en el articulo 418 del Código Penal, con fundamento a lo establecido en el artículo 318, ordinal 3ero del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo, se ordena oficiar a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX); a la División de Antecedentes Penales del Ministerio de Interior y Justicia; al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, división de informática a los fines de que se sirvan de EXCLUIRLOS DEL SISTEMA Y DEJAR SIN EFECTO CUALQUIER BÚSQUEDA QUE PESE EN SU CONTRA. Igualmente notifíquese al Fiscal y la Defensa y por cuanto la presente causa se encuentra terminada remítase a la Oficina de Archivo Central. Déjese copia. Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo.

Juez Quinto en funciones de Control
ABG. TOREDIT ALFREDO ROJAS ACEVEDO



LA SECRETARIA.
Maria Alejandra Reyes.