REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO, TRABAJO, MARÍTIMO Y BANCARIO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO.

GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO, TRABAJO, BANCARIO Y MARITIMO DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO.
Puerto Cabello, 18 de Noviembre de 2004.
194° y 145°
Revisadas como han sido las actas procesales que integran la presente causa este Tribunal observa, que siendo el día Lunes (15/11/2004) la oportunidad legal para que tuviera lugar el Primer Acto Conciliatorio, no habiendo comparecido la parte demandante a dicho acto, trayendo como consecuencia la EXTINCION del mismo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, es por lo que se acuerda dar por terminado la presente causa y se ordena el archivo del expediente.-
El Juez Temporal,

Dr. RAFAEL E. PADRON H.-
La Secretaria,

Abog. MERCEDES E. MEZONES.-
En la misma fecha se archivo el presente expediente constante de Treinta y Seis (36) folios útiles.-
La Secretaria,

Abog. MERCEDES E. MEZONES.