Quien suscribe Abogado YULIMAR FONSECA GONZÁLEZ, Secretaria Titular del JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO Y CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, hace constar que el acta que a continuación se transcribe, es copia fiel y exacta de su original que corre inserto en la Comisión Nro. 2.098, de la nomenclatura archivar de este Tribunal: “ En el día de hoy 30 de noviembre de 2004, siendo las 3:00 de la tarde, se traslado y constituyo el JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, SAN DIEGO, NAGUANAGUA Y CARLOS ARVELO DEL ESTADO CARABOBO, a cargo de la Juez Provisorio Doctora MAURICIA GONZÁLEZ y la Secretaria titular Abogado YULIMAR FONSECA, en compañía de la parte actora Abogada MAYELA FONSECA CHIQUITO, inscrita en el Inpreabogado bajo el 22.349, en el inmueble objeto del a medida ubicado en el nivel planta baja y nivel mezzanina del Edificio Residencias Don Guillermo, ubicado en la calle peña cruce con avenida montes de oca, de Jurisdicción del la Parroquia Candelaria, Municipio Autónomo valencia del Estado. Seguidamente la parte actora Abogada MAYELA FONSECA, I.P.S.A Nro. 22.349, expone: Solicito al Tribunal designe Depositaria Judicial a los fines de ley. Seguidamente el Tribunal designa Depositaria Judicial a la firma Mercantil Depositaria Judicial Venezuela, C. A., en al persona de su representante legal ciudadano LUÍS HERNÁNDEZ, cédula de identidad Nro. 3.050.559, el cual presente acepto el cargo y presto el juramento de ley. Seguidamente el Tribunal procede a notificar al ciudadano DAVID FERNÁNDEZ, de nacionalidad Portuguesa y titular de la cédula de identidad Nro. E-81.160.205, el cual quedo impuesto de la misión a cumplir decretada por el Juzgado Sexto de los Municipios del Estado Carabobo, expediente Nro. 808. Seguidamente la parte actora Abogado MAYELA FONSECA, I.P.S.A. Nro. 22.349 expone: Señalo al Tribunal para ser Embargado Ejecutivamente el Inmueble constituido por un (1) local Comercial, distinguido con el Nº 4, ubicado en el nivel planta baja y nivel mezzanina del Edificio Residencias Don Guillermo, ubicado en la calle peña cruce con avenida Montes de Oca, en Jurisdicción de la Parroquia Candelaria, Municipio Autónomo Valencia del Estado Carabobo, el cual se encuentra alinderado así: NORTE: Local Nº 3y áreas comunes de la torre “A”; SUR: Fachada sur del edificio; ESTE: Área de acceso a la torre “A” desde la calle Peña con planta baja y local Nº 5 en planta mezzanina; y OESTE: Fachada oeste del edificio y pertenece al demandado según consta en documento protocolizado por ante la oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Valencia del Estado Carabobo, anotado bajo el Nro.25, tomo 4, protocolo primero, de fecha 18de octubre de 2002, y le corresponde un alícuota de
1,957560% de los derechos de condominio. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor
de Medidas actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara Embargado Ejecutivamente el inmueble constituido por una (1) local comercial distinguido con el Nro.4, ubicado en el nivel planta baja y nivel mezzanina del Edificio Residencias Don Guillermo, ubicado en la calle Peña cruce con avenida montes de Oca, en Jurisdicción de la Parroquia Candelaria Municipio Autónomo Valencia del Estado Carabobo, así mismo acuerda oficiar lo conducente al Registrador Subalterno correspondiente a los fines de estampar la debida nota, en consecuencia el Tribunal declara cumplida su misión, ordena remitir las actuaciones a su Tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede, siendo las 4:00 de la tarde, es todo, termino, se leyó y conformen firman. La Juez Doctora Mauricia González (Fdo);El Notificado, se negó a firmar (Fdo); Depositaria (Fdo); La secretaria Abog. Yulimar Fonseca (Fdo). …………………………
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