JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 29 de noviembre de 2.004
Años 194o y 145o
Visto el escrito de fecha 25 de los corrientes, presentado por los abogados ROSA MARTÍNEZ DE SILVA, MARIA CARRILLO, GIUSEPPINA DE FOLGAR Y MARÍA GARCÍA, en su carácter de apoderado actores, mediante el cual se oponen a la admisión de la prueba de Informes promovida por la parte demandada, este Tribunal declara INADMISIBLE dicha oposición por EXTEMPORÁNEA. En consecuencia, procédase por autos separados a la admisión de pruebas de las partes.
El Juez Provisorio,
La Secretaria,

Exp. Nro.48.568
Delia