GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 17 de noviembre de 2.004
194° y 145°
SOLICITANTES: OMAR FERNANDEZ y DARLENY PRIETO.-
ABOGADO ASISTENTE: CLELIA MONCADA.-
MOTIVO: SEPARACION DE CUERPOS.-
EXPEDIENTE No. 40.968.-
Vista el escrito de fecha 15 de los corrientes, presentado por el abogado OMAR GUSTAVO FERNANDEZ OLIVEROS, quién es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.457.495, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 94.992, en el cual solicita la remisión del presente expediente a este Tribunal, por encontrarse el mismo en el Archivo Judicial, a los fines de que se le expida copia de la sentencia de divorcio, posteriormente y, en fecha 08 de este mismo mes y año, se acordó lo solicitado y se libro oficio al Archivo Judicial, recibiéndose el presente expediente en fecha 15 de los corrientes, en virtud de que consta en autos que fueron procreados tres (03) hijos de nombres: AMMY DAYAMAR, OMAR DANIEL y DIANAMAR FERNANDEZ PRIETO, de 15, 12 y 11 años de edad, es decir, que actualmente, son menores de edad, en consecuencia, este Tribunal se considera incompetente para seguir conociendo del mismo.-
En consecuencia,, acuerda DECLINAR SU COMPETENCIA en la presente demanda en los Tribunales de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, creados a tales fines, conforme a los previsto en el artículo 177 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo previsto en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil.-
Remítase con oficio a dichos Tribunales en el estado en que se encuentra, a los fines de que se continué su tramitación conforme a la Ley.-
El Juez Provisorio,

Abog. RAFAEL RICARDO GIMENEZ
La Secretaria,

Abog. CORALIA LISAUZABA T.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión, siendo las 11:45 de la mañana. Se libró oficio N° 2.021.-
La Secretaria,


Exp. N° 40.968.-
RRG/CL/m.o.-