ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-S-2004-000009
PARTE ACTORA: SANDRA MARGARITA RODRIGUEZ RUMAY
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: FERNANDO CURIEL CALDERON
PARTE DEMANDADA: C.A. ELECTRICIDAD DE OCCIDENTE FILIAL DE CADAFE
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOSÉ JAIRO GARCIA MÉNDEZ
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
En el día hábil de hoy, 31 de Mayo de 2004, siendo las 3:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia para la mediación prevista en el artículo 189 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada, C.A. ELECTRICIDAD DE OCCIDENTE FILIAL DE CADAFE, a través de su apoderado judicial JOSÉ JAIRO GARCÍA, Inpreabogado N° 58.642, así como la incomparecencia de la parte actora ciudadana SANDRA MARGARITA RODRÍGUEZ RUMAY, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 145 y 194.
La Juez
Abg. Atilia Olivo Gómez
Apoderado de la Demandada
La Secretaria
Abog. Odalis Parada
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