ACTA


N° DE EXPEDIENTE:GP02-S-2004-000007
PARTE ACTORA:ALEXANDER GALLARDO
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE Y SERVICIO CORPOQUIN C.A
MOTIVO:CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy 13 de Mayo de 2004, siendo las 2 de la tarde de conformidad con el auto de fecha 11 de mayo de 2004 y que riela al folio 32 del expediente de marras, se hizo el llamado a las partes para la Prolongación de la audiencia, manifestando el alguacil ANGEL BONET, que las partes no estaban presentes en la sala de este circuito laboral, en consecuencia se les otorgo los 7 minutos de espera señalado por la Sala de Casación Social, en el caso Publicidad Vepaco C.A de fecha 17 de febrero de 2004, y siendo las 2 y 07 minutos de la tarde se hizo el segundo llamado, verificandose una vez mas que las partes no comparecieron ni por si ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDA LA ACCION Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 145 y 194.

El Juez

Abg. Yudith Sarmiento de Flores




La Secretaria

Abg. Faridy Suarez