REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN
Valencia, 25 de Mayo de 2004
194º y 145º

ASUNTO : GJ01-P-1999-000039


Ejecútese la decisión firme dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, de fecha 08-09-99, mediante la cual DecretO Sobreseimiento de La Causa, seguida a los ciudadanos Luís Aníbal Fernández Mendoza, titular de la cédula de identidad N° 6.201.513 Y José Oliver Vito Antonio Sixto Pérez, titular de la cédula de identidad N° 9.695.787, por la presunta comisión del delito Hurto Agravado, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 8° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Edgar Armando Alizo Camacho, por cuanto se celebró acuerdo reparatorio en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Código Orgánico Procesal Penal (1999), en concordancia con el artículo 44 ordinal 6° ejusdem y en relación con el artículo 190 ibidem. Es por ello, que este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Ejecución Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, conforme a la competencia atribuida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, Ejecuta El Sobreseimiento DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos Luís Aníbal Fernández Mendoza y José Oliver Vito Antonio Sixto Pérez, antes identificados. Por consiguiente este Tribunal, acuerda Oficiar a la Oficina de ONIDEX, a la Consultoría Jurídica del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, a lo fines de que cese cualquier solicitud de búsqueda respecto a los ciudadanos Luís Aníbal Fernández Mendoza y José Oliver Vito Antonio Sixto Pérez, antes identificados, relacionada con la presente causa. Ahora bien, por cuanto la presente causa, se encuentra terminada remítase a la Oficina del Archivo Judicial, para su guarda y custodia definitiva. Líbrense Oficios. Notifíquese. Cúmplase.-

Abg. Diana Calabrese Canache.
Jueza de Primera Instancia Penal
en función de Ejecución N° 3.

La Secretaria, Abg. Yecenia Hidalgo


En la misma fecha se cumplió lo ordenado.


La Secretaria,