REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA

En el día de hoy, cuatro (04) de Mayo de Dos Mil Cuatro (2004), constituido como ha sido el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, siendo la 12:45 de la tarde, se trasladó en compañía de la abogada Magaly Díaz Veroes, I.P.S.A, N° 22.450, apoderada judicial del Instituto Nacional de la Vivienda, (INAVI), a un inmueble ubicado en el Conjunto Residencial, el Samán Sector 03, Calle 01, N° 14, Municipio Guacara, Estado Carabobo, jurisdicción de este Juzgado, a fin de practicar Medida de Secuestro, decretada por el Juzgado Primero de los Municipios Guacara y San Joaquín de esta misma Circunscripción Judicial.- Una vez en el sitio se hizo presente la ciudadana Disney A. Salazar Castro, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.859.757, a quien el Tribunal notificó de su misión, manifestando que habita el inmueble con su grupo familiar desde el año 1998 y desconoce la adjudicataria del inmueble.- Seguidamente el Tribunal, declara Secuestrado el inmueble donde se encuentra en traslado, e identificado en el exhorto, cuyas medidas, linderos y demás determinaciones se dan aquí por reproducidas y lo pone en posesión del Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI), en la persona de su representante legal, quien estando presente expone: “Por cuanto el inmueble secuestrado se encuentra habitado, solicito al Tribunal Ejecutor, se deje bajo la guarda y custodia de la notificada, hasta tanto el Instituto, resuelva lo conducente.- Es todo”.- En este estado, el Tribunal, oída la anterior solicitud, acuerda de conformidad lo solicitado, dejando bajo la guarda y custodia de la notificada el inmueble objeto de la medida.- Se da por terminado el presente acto y cumplida su misión, el Tribunal acuerda regresar a su sede habitual, siendo la 1:15 de la tarde del día de hoy.- Es todo”.- Terminó, se leyó y conformes firman: La Juez Provisoria, fdo. Ilegible, Abg., Gisela C. Giménez.- La Notificada fdo. Disney A. Salazar.- La Apoderada Judicial, fdo. Magaly Díaz Veroes.- La Secretaria Acc., fdo. Carmen A. Borrero.-





Exh 875-04